Por: José Luis Bonifaz, Director de la Escuela de Gestión Pública de la Universidad del Pacífico.
Fuente: El Comercio
El domingo pasado el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dentro de sus facultades extraordinarias para legislar, emitió el Decreto Legislativo 1185, que estableció que ahora las entidades prestadoras de servicios de saneamiento (EPS), y ya no la Autoridad Nacional del Agua (ANA), serán las encargadas de regular el régimen especial de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas.
Así, las personas naturales y jurídicas que utilizan aguas subterráneas dentro del ámbito de las EPS deberán pagar este servicio. A partir de ahora, las EPS se encuentran facultadas para ejecutar estudios e inversiones para la conservación y sostenibilidad del acuífero, emitir opinión previa para el otorgamiento de licencias de uso de agua y diseñar y ejecutar un sistema de monitoreo del agua subterránea.
La misma norma autoriza a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) a que establezca una metodología para determinar la tarifa por el servicio de monitoreo. Asimismo, las EPS destinarán un porcentaje de la recaudación de la mencionada tarifa para constituir un fideicomiso que asegure la ejecución de inversiones. Pero ¿por qué ha sucedido este cambio?
Lo que pasa es que las campañas de monitoreo de las aguas subterráneas a cargo de la ANA no se han realizado de manera periódica. No se ha estudiado la evolución espacial y temporal de los niveles y calidad de los acuíferos. De ahí que los registros históricos cuenten con períodos sin información. En otros casos solo se ha realizado una campaña o están desfasados los períodos después de las avenidas y al final del estiaje, que captan la recarga y descarga natural de los acuíferos. Generalmente estas no se han realizado por falta de presupuesto o porque solo alcanzan a cubrir parte de las actividades del moni-toreo. ¿Se solucionará este problema pasando la responsabilidad de la ANA a las EPS? ¿No debió tomar la Sunass un papel más protagónico?
La metodología de la Sunass deberá tener varios criterios para repartir los costos del monitoreo entre los usuarios. Uno que debe ser evaluado es la escasez. Esta se mide a través de la oferta del agua subterránea, es decir, donde hay mayor escasez los usuarios deben pagar más. Otro criterio es la equidad en el sentido que asegure que el costo se distribuya entre los diferentes grupos a través de una estructura tarifaria que tome en cuenta su capacidad de generación de ingresos. Por último, el criterio de sostenibilidad económica, que busca que los usuarios puedan afrontar las tarifas sin perjuicio directo sobre su estructura de costos, de tal forma que sea factible la implementación del sistema tarifario.
Según la Sunass, actualmente empresas de agua como Sedapal y Sedalib cobran por la explotación de las aguas subterráneas para fines de consumo comercial e industrial un monto equivalente al 20% de la tarifa de agua. ¿De dónde sale este porcentaje? Nadie lo sabe. A pesar de que este cobro está establecido, hay industrias que usan el agua subterránea sin pagar amparadas en sentencias del Tribunal Constitucional. Peor aún, en el ámbito de otras EPS no se cobra absolutamente nada por el agua subterránea. Si queremos seguir viviendo en armonía con el medio ambiente, tenemos que solucionar este importante problema inmediatamente.