) demuestra que no solo es moralmente justo, sino también jurídicamente posible reconocer en el Perú la validez de un matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo celebrado en el extranjero, como es
quien se casó en México y después de muchos años ha conseguido que un juez ordene al RENIEC que registre su matrimonio con el mexicano Fidel Aroche.
Incluso, el mismo estudio concluye que el desacato de la sentencia podría ser “atentatorio” contra el orden jurídico nacional y colocaría al Perú en “incumplimiento” de los tratados sobre derechos humanos a los que se ha adscrito. Esto debido a que se estaría avalando la discriminación por orientación sexual, contrario a lo suscrito por la Constitución y en diversos instrumentos internacionales ratificados por el Perú.
Principios constitucionales
En el marco de la investigación, los autores
Carlos J. Zelada y
Alonso Gurmendi –profesores de Derecho y miembros del CIUP– encontraron que parejas homosexuales viajaban a otros países a contraer matrimonio y luego regresaban al Perú, cada vez con mayor frecuencia. Era cuestión de tiempo para que estas parejas comenzaran a solicitar el reconocimiento de sus matrimonios ante las autoridades civiles peruanas. Por ello, ambos investigadores indagaron en las posibilidades de acción de los operadores jurídicos –como los registrales en el RENIEC– ante esta situación, anticipándose al caso Ugarteche.
Si bien el Código Civil dice expresamente que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, la Constitución encierra principios que son mucho más trascendentes, específicamente el de prohibición de la discriminación por orientación sexual, como explica Zelada en el video. Estos mismos argumentos fueron utilizados por la jueza que ordenó al RENIEC reconocer el matrimonio del economista Ugarteche, y que recoge el análisis jurídico del sistema internacional de protección de los derechos humanos en casos de parejas homosexuales realizado por nuestros investigadores.
Precedentes internacionales
El RENIEC ha anunciado que apelará la sentencia. Esto significa ir a una segunda instancia judicial. Si continúa la negativa, el encargado de dar el veredicto final sería el Tribunal Constitucional, que –según el estudio del CIUP– ya ha resuelto casos en donde ha considerado la discriminación por orientación sexual como una vulneración de la igualdad. Sin embargo, de agotarse el ámbito interno, el caso podría elevarse a tribunales internacionales, donde también hay importantes precedentes a favor de la igualdad.
Zelada también es autor de una investigación sobre la historia jurídica del matrimonio igualitario en el sistema internacional de protección de los derechos humanos. Se titula ¿Camino al altar?: El matrimonio igualitario en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y próximamente se publicará en una revista internacional, luego de haber sido presentada en universidades de Noruega y Bélgica, así como en Nueva York.
Basándose en esta investigación, Zelada manifiesta que los tribunales internacionales –si el caso Ugarteche llegara a esas instancias– “se encuentran listos, después de muchos años, para responder positivamente a la pregunta de si existe un derecho humano a contraer matrimonio al margen de la orientación sexual”. Como él mismo ha escrito en una
columna en El Comercio, “los vientos de igualdad soplan las áridas oficinas de los tribunales de justicia peruanos”.